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Firma electrónica sin fronteras en la UE

on 5 julio, 2016

El pasado viernes 1 de julio ha entrado en vigor la última y mayor parte del Reglamento Europeo UE 910/2014 o «ReIDAS», o Reglamento e-IDAS relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior,  que ya es de aplicación en su totalidad.

Ya hemos hablado en otras ocasiones de este reglamento de gran importancia que unifica la normativa relativa a la firma electrónica, garantiza el intercambio de información entre los estados miembros, establece nuevos modelos de firma electrónica en todo el territorio de la UE.

Así, desde el pasado 1 de julio, la firma electrónica de un país tiene validez en todo el ámbito europeo, esreconocida en cualquier otro país de la UE sin excepciones, y tiene el mismo valor que una firma manuscrita. Particulares, empresas y Administraciones Públicas pueden utilizar la firma electrónica para efectuartransacciones o gestiones absolutamente válidas en todo el territorio comunitario.

Como consecuencia de la puesta en marcha de mecanismos como la etiqueta de confianza UE, la obligatoriedad para los servicios de certificación de auditorías cada 2 años y de notificación de incidencias, la seguridad para los usuarios aumenta significativamente.

El e-IDAS además establece la creación de un Observatorio donde ciudadanos, empresas y Administraciones Públicas con vínculos con el comercio electrónico intercambiarán puntos de vista, opiniones y sugerencias, y prácticas recomendadas, lo que abre nuevas posibilidades en la mejora continua de estos servicios.

Algunos otros efectos prácticos de la aplicación del ReIDAS son:

  • Cualquier estudiante europeo podrá matricularse en una universidad europea de forma online, sin tener que desplazarse para el trámite.
  • Declaraciones fiscales, una boda, una mudanza… etc: los ciudadanos pueden realizar todas estas gestiones online.
  • Los pacientes que requieran asistencia médica en los países de la UE pueden controlar y autorizar de manera segura a un médico el acceso a su historial médico online.
  • Las empresas españolas podrán presentar ofertas para contratos públicos en cualquier país europeo, firmando y sellando por vía electrónica sin necesidad de imprimir y enviar la documentación en papel.
  • Es posible la creación de empresas a través de Internet en otros países de la Unión, así como la presentación por esta vía de sus informes anuales.

Como ya informamos en abril, la entrada en vigor del Reglamento e-IDAS no supone la revocación inmediata de los certificados de persona jurídica expedidos antes del 1 de julio de 2016, que seguirán siendo totalmente válidos hasta su caducidad o revocación.

La intención de la UE con este Reglamento es garantizar que todos estos servicios ganan en seguridad, integridad y valor legal, lo que animará a los europeos a participar cada vez más activamente en el comercio electrónico.

Sin duda, este 1 de julio de 2016 en Europa se ha dado un gran paso hacia el mercado único digital.

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